lunes, 1 de febrero de 2016

Fiscales pedirán prisión por violación propiedad Ordena tomar las medidas necesarias para perseguir ese delito


Por TERESA CASADO
t.casado[@]gmail.com12:13 amSe el primero en comentar
País – Entrevista a Francisco Domínguez Brito, pre-candidato presidencial del PLD, con miras a las elecciones interna de la organización el 26 de junio del 2011.
Ariel Díaz-Alejo / Periódico Hoy / 04 de mayo del 2011.
El procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito
Santo domingo.-El procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, instruyó a todos los fiscales y adjuntos solicitar prisión preventiva en los casos de violación del derecho de propiedad, cuando la persona agraviada pueda demostrar el certificado de título correspondiente, y la notificación previa de desalojo.
A través de una una comunicación, Domínguez Brito ordena “tomar todas las medida necesarias para prohibir, proscribir y perseguir el delito de violación de propiedad en todas sus manifestaciones”.
Señaló que deberán procurar el pronto restablecimiento de los legítimos propietarios en el uso y goce pacífico de sus bienes. Por lo que, el fiscal apoderado procederá a adoptar las medidas pertinentes para la identificar los imputados, la recopilación de pruebas para proceder a la autorización judicial.
“Los fiscales solicitarán la imposición de prisión preventiva en todos aquellos casos en que el imputado o los cómplices de la violación de propiedad hayan sido intimados por el propietario y/o el Abogado del Estado para el abandono del inmueble”, puntualizó.
También, pedirán prisión preventiva cuando el inmueble se haya practicado con anterioridad un desalojo o si el imputado se encuentra cumpliendo una medida de coerción previa por una violación de igual naturaleza, para evitar que el imputado se constituya en una amenaza para la víctima y la sociedad.
Manifestó que a los fiscales corresponde el ejercicio de la acción penal en casos de violación del derecho de propiedad por la introducción de una persona sin el permiso del propietario, amparado en un certificado de título de los inmuebles.
via:eldia.com.do

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