El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó una solicitud de medida cautelar de parte de la firma Kentucky Foods Group Limited contra una resolución de Pro Consumidor que ordena la devolución de una propina cobrada indebidamente a un ciudadano que pidió una orden de comida para llevar.
La instancia judicial motivó su decisión en que el interés general y los derechos fundamentales del consumidor, establecidos en el artículo 53 de la Constitución, son superiores al interés patrimonial individual de la empresa, según consta en la sentencia 0030-2017 leída el recién pasado 12 de abril.
La empresa, que maneja la marca de restaurantes de comida rápida Kentucky Fried Chicken, pretendía la suspensión de la resolución 036-2017 mediante la cual Pro Consumidor ordenaba revertir a favor del ciudadano Jack Michaelo Sánchez Bonetti la aplicación de “un 10% de ley” a una compra de comida a través del “take out”.
La medida de Pro Consumidor parte de que esta propina debe ser cobrada, en virtud del artículo 28 del Código de Trabajo.
via:elnacional.com.do
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